fbpx

Avances en el Estatuto del Artista

El sector de la cultura lleva tiempo esperando medidas que acaben con la precariedad, la discontinuidad laboral y los impedimentos para hacer compatible la actividad creativa con la pensión de jubilación. Situación que la pandemia visibilizó de la manera más descarnada posible, cuando los teatros cerraron, los rodajes de detuvieron y desaparecieron las giras de los conciertos. Pero que en realidad solo mostró de manera radical los problemas que el sector cultural arrastra por la peculiaridad de su propia actividad desde tiempos lejanos. 

Ante esta situación parece que en los últimos días se ha avanzado en esa dirección, y desde el Ministerio de Cultura y Deportes, se han publicado medidas que desarrollan el Estatuto del Artista. Caben destacar tres avances en concreto: 

  • Un contrato de duración determinada para las actividades culturales.

  • Una nueva prestación por desempleo estructural sujeta a menores requisitos que busca una mejor adaptación a la intermitencia del sector.

  • Una compatibilidad más amplia de la actividad creativa y la jubilación.

Entre las medidas aprobadas en el Real Decreto destaca la rebaja de las exigencias para cobrar el paro: ya no será necesario haber cotizado 360 días en los últimos seis años, bastarán 120 días, menos de la mitad. Y la rebaja relacionada con demandas históricas del sector: a partir de ahora se permitirá recibir ingresos por las actividades artísticas a aquellos artistas jubilados para que puedan seguir creando obra nueva. En 2019 se reconoció a una parte de los creadores jubilados la posibilidad de seguir teniendo actividad artísticas sin sentirse amenazados por la desaparición de sus pensiones en cuanto se les ocurriera escribir y publicar. En su momento también exigieron una categoría propia en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y ya lo tienen: tendrán la de “escritores” y no figurarán junto con los pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares. Los compositores también tendrán su propia casilla.

SENSACIÓN AGRIDULCE

Los avances son importantes pero como defienden Guilem Arnero o Eva Moraga, lo importante está aún por aprobar. Y es que en la letra del Real Decreto está la clave: hay una disposición adicional en la que se informa de que se constituye un grupo de trabajo que empezará a trabajar en la definición de “trabajador cultural autónomo”. Algo imprescindible para que la Seguridad Social garantice los derechos específicos de los trabajadores culturales, es decir, la intermitencia. Situación que debe aclararse ya que esa intermitencia no se refiere a la actividad del creador, sino de sus ingresos: un escultor puede estar dos años trabajando en piezas que se expondrán y venderán, si hay suerte, en su próxima exposición.

Los ingresos de un trabajador cultural no son homogéneos y esa alternancias de periodos de producción con los de creación deben quedar reflejados en sus declaraciones de la renta y en sus cotización de vida laboral, pero esto es lo que más resistencia encuentra el sector cultural y creativo en la Seguridad Social y el Ministerio de Hacienda, pero supone una lucha fundamental en el avance colectivo. 

El grupo de trabajo encargado de la definición del trabajador cultural se creará durante el próximo mes, pero no tiene fecha límite para terminar con su cometido. Desde el sector cultural reclaman que no se retrase más allá de la legislatura. Desde Kultursistema, esperemos que así sea y el Estatuto del Artista vea en breve aclaradas dudas tan básicas como si un músico podrá desgravar por la compra de un instrumento musical o un pintor por su pinceles. Reclamaciones básicas pero que suponen una parte fundamental para aclarar el rendimiento neto del trabajador cultural autónomo.